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RESOLUCIÓN de 14 de octubre de 2014, del Rector de la Universidad de Zaragoza, por la que se anuncia convocatoria pública de acceso a enseñanzas oficiales de grado para mayores de cuarenta años mediante acreditación de experiencia laboral o profesional.

Publicado el 03/11/2014 (Nº 215)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

Texto completo:

La Universidad de Zaragoza, en aplicación de lo establecido en el acuerdo de 15 de febrero de 2010, de Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por el que se aprueba el reglamento para el acceso y admisión a la Universidad de Zaragoza de mayores de cuarenta años mediante acreditación de experiencia laboral o profesional en los estudios universitarios oficiales de Grado (BOUZ núm. 03-2010), y en el marco de lo dispuesto en el Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, anuncia convocatoria pública de acceso a las enseñanzas oficiales de grado para mayores de cuarenta años mediante acreditación de experiencia laboral o profesional, de acuerdo con las siguientes

BASES

Primera.- Quienes pueden solicitar acceso.

Podrán solicitar acceso los candidatos y candidatas con experiencia laboral y profesional en relación con una enseñanza oficial de grado, que no posean ninguna titulación académica para acceder a la universidad por otras vías, hubieran cumplido los cuarenta años de edad antes del 1 de enero de 2016 y superen una entrevista personal de adecuación al perfil de la enseñanza solicitada.

Segunda.- Solicitud de inscripción.

1. La solicitud podrá ser presentada a través de Internet, siguiendo las indicaciones que figuran en http://www.unizar.es/secretaria_virtual.html

En este caso la documentación a aportar, descrita en la base cuarta, deberá ser entregada en los lugares indicados en la base sexta.

2. La solicitud también podrá ser presentada mediante el impreso oficial de inscripción, que estará a disposición de los interesados en la Sección de Acceso y Admisión de la Universidad de Zaragoza, en los Vicerrectorados de Huesca y de Teruel, en el Centro de Información Universitaria y Reclamaciones y en la siguiente página de Internet:http://wzar.unizar.es/servicios/acceso/acces40/index.html

Tercera.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para presentar la solicitud de inscripción es del 1 de diciembre de 2014 al 12 de enero de 2015, ambos inclusive.

Cuarta.- Documentación a presentar.

Si se registra la solicitud siguiendo el procedimiento descrito en la base segunda, 1, se presentará el resguardo obtenido tras la grabación a través de Internet. Si se sigue el procedimiento previsto en la base segunda, 2, se presentará la solicitud de inscripción cumplimentada en el impreso oficial.

De la documentación descrita a continuación se presentará un ejemplar por cada uno de los centros en los que se impartan los grados para los que se solicite acceso.

Con cada solicitud de inscripción, se deberán aportar el original y una copia para su cotejo, o bien una copia compulsada, de los documentos que se indican a continuación.

1. DNI, pasaporte o tarjeta de residencia, realizada por ambas caras.

2. Resguardo bancario de haber ingresado las tasas de inscripción.

3. En su caso, documento o certificado oficial emitido por la autoridad competente acreditativo del derecho a gratuidad o reducción en el pago de la tasa de inscripción (familia numerosa, estudiantes con discapacidad).

4 Un resumen detallado de la experiencia laboral o profesional poseída en relación con la enseñanza de grado solicitada, que deberá ser justificada mediante la aportación de los siguientes documentos:

4.1. Para trabajadores o trabajadoras asalariados:

- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliados, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el periodo de contratación.

- Contrato de trabajo o certificación de la empresa donde se haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado la actividad.

4.2. Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:

- Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial que corresponda y descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.

4.3 Para trabajadores o trabajadoras voluntarios o becarios:

- Certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.

5. Relación de cursos recibidos y, en su caso, impartidos, acompañada del certificado/justificante acreditativo de cada curso expedido por la empresa u organismo responsable de la formación, donde conste el contenido, duración y fecha de realización.

6. En su caso, acreditación de la adquisición de competencias profesionales a través de la experiencia laboral o profesional u otras vías no formales de formación, emitida por la Administración competente.

7. Cualquier otro mérito o circunstancia que se desee hacer constar.

Quinta.- Tasa de inscripción.

Por cada centro en el que se imparta alguno de los grados para los que se solicite acceso se ingresará, en la cuenta corriente número ES24 2085 0168 53 03 000134 06 de cualquier entidad de Ibercaja, la tasa que, según proceda en cada caso, se indica a continuación:

- Tasa ordinaria: 60,35 €

- Tasa Familia Numerosa general: 30,18 €

- Tasa Familia Numerosa especial: Exento

- Personas con discapacidad (con un grado de discapacidad igual o superior al 33%): Exento

La tasa también se podrá abonar realizando una transferencia desde cualquier entidad financiera a la cuenta corriente indicada, incluyendo en el CONCEPTO: "mayores de 40 años". El resguardo de la transferencia realizada se adjuntará con el resto de la documentación de inscripción.

De conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, se tendrá derecho a la devolución de las tasas satisfechas si, por causas no imputables a las personas interesadas, no se hubieran prestado las actividades o servicios gravados.

Sexta.- Lugares de presentación.

El resguardo de solicitud de inscripción o, en su caso, la solicitud de inscripción cumplimentada en el impreso oficial, y en todo caso la documentación pertinente, podrán ser presentadas en los siguientes lugares:

- En la Sección de Acceso y Admisión de la Universidad de Zaragoza (C/ Pedro Cerbuna, 12 - Edif. Interfacultades, planta baja).

- En el Vicerrectorado del campus de Huesca (C/ Ronda de Misericordia, 5).

- En el Vicerrectorado del campus de Teruel (C/ Ciudad Escolar, s/n).

- En el Registro General de la Universidad de Zaragoza, en cualquiera de los registros auxiliares que figuran en la Resolución de 1 de julio de 2011 ("Boletín Oficial de Aragón", número 140, de 18 de julio), o a través de cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

- En el Registro Electrónico de la Universidad de Zaragoza (http://sede.unizar.es).

Séptima.- Fases de la evaluación.

La evaluación se desarrollará en dos fases:

- Primera fase: valoración de la experiencia laboral o profesional en relación con la enseñanza de grado solicitada y justificada mediante la documentación aportada con la solicitud.

- Segunda fase: entrevista personal con el tribunal, destinada a verificar la adecuación e idoneidad de la experiencia laboral o profesional respecto de la enseñanza solicitada, así como a ampliar la información contenida en la documentación aportada.

Para realizar la entrevista personal será necesario superar previamente la primera fase de valoración.

Octava.- Tribunales.

En cada centro universitario se constituirá un tribunal que será el encargado de valorar la experiencia laboral y profesional de los candidatos, así como de realizar la entrevista personal, en relación con las enseñanzas oficiales de grado del centro.

Novena.- Convocatoria para la entrevista.

El 9 de marzo de 2015 cada tribunal publicará en el tablón de anuncios del centro universitario responsable de la enseñanza oficial de grado solicitada la relación nominal de aquellos aspirantes que han superado la fase de evaluación de la experiencia laboral o profesional, con indicación del lugar, día y hora de realización de la entrevista. Esta publicación servirá a todos los efectos de notificación a las personas interesadas.

Décima.- Calificación final.

El 20 de marzo de 2015 cada tribunal publicará en el tablón de anuncios del centro universitario que corresponda, según se indica en la base anterior, la relación nominal de todos los aspirantes, con indicación de la calificación final obtenida en el proceso de evaluación. Esta publicación servirá a todos los efectos de notificación a las personas interesadas.

Las calificaciones también podrán ser consultadas, mediante las claves personales que facilita la Universidad a todos los aspirantes, en la siguiente página web: http://www.unizar.es/secretaria_virtual.html

Undécima.- Reclamación sobre la calificación final.

Sobre la calificación final otorgada, se podrá presentar reclamación ante el tribunal que corresponda en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de las calificaciones finales. El tribunal resolverá las reclamaciones en un plazo máximo de dos días hábiles contados desde la finalización del plazo de presentación de reclamaciones. Las resoluciones serán notificadas por el tribunal a las personas interesadas.

Duodécima.- Recursos.

Sobre los resultados de la reclamación, se podrá presentar recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes contado desde el siguiente día al de la fecha de notificación de la resolución, en base a lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, el cual pondrá fin a la vía administrativa.

Decimotercera.- Más información.

Para una información más detallada sobre el ámbito de la experiencia laboral o profesional en relación con cada enseñanza oficial de grado ofertada, la admisión en centros universitarios, o cualquier otro aspecto relacionado con este procedimiento los interesados pueden dirigirse a Sección de Acceso y Admisión de la Universidad de Zaragoza, a los Vicerrectorados de Huesca y de Teruel, al Centro de Información Universitaria y Reclamaciones o consultar la siguiente página de Internet:

http://wzar.unizar.es/servicios/acceso/acces40/index.html

Decimocuarta.- Convocatoria.

La presente convocatoria y sus bases, así como los actos administrativos derivados de la misma y de las actuaciones del tribunal, podrán ser impugnados en el plazo y forma establecidos en la Ley 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Zaragoza, 14 de octubre de 2014.- El Rector, Manuel José López Pérez